El instalador autorizado en baja tensión es la persona física o jurídica que realiza, mantiene o repara las instalaciones eléctricas en el ámbito del REBT y sus instrucciones técnicas complementarias, habiendo sido autorizado para ello según lo prescrito en la ITC-BT-03.
Los instaladores se clasifican en dos categorías, BASICA y ESPECIALISTA.
Categoría BASICA (IBTB)
Estos instaladores pueden realizar, mantener y reparar instalaciones eléctricas en baja tensión en edificios, industrias, infraestructuras y, en general, todas las comprendidas en el REBT, que no se reserven a la categoría ESPECIALISTA.
Categoría ESPECIALISTA (IBTE)
Los instaladores y empresas instaladoras de esta categoría pueden realizar, mantener y reparar las instalaciones de la categoría BASICA y, además, las correspondientes a:
-Sistemas de automatización, gestión técnica de la energía y seguridad para viviendas y edificios.
-Sistemas de control distribuido.
-Sistemas de control, supervisión y adquisición de datos.
-Control de procesos.
-Líneas aéreas y subterráneas para distribución de energía.
-Locales con riesgo de incendio o explosión.
-Quirófanos y salas de intervención.
-Lámparas de descarga en alta tensión, rótulos luminosos y similares.
-Instalaciones generadoras de baja tensión.
Una vez sabido esto, ¿Qué necesitamos para ser instaladores autorizados?
1º. Necesitamos el certificado de cualificación individual de baja tensión. Es el documento donde la administración reconoce a su titular la capacidad personal para desempeñar alguna de las dos CATEGORIAS indicadas anteriormente.
Para la obtención del certificado, debemos acreditar lo siguiente ante la Comunidad Autónoma correspondiente:
a) Ser mayor de edad.
b) Conocimientos teórico-prácticos de electricidad (ITC-BT-03 Punto 4.2)
c) Superación de un examen o no, dependiendo los conocimientos del punto anterior.
Una vez cumplidos los requisitos, la comunidad autónoma expedirá el correspondiente certificado con la anotación de la CATEGORIA o CATEGORIAS correspondientes.
2º. Obtención de la Autorización como instalador en baja tensión. Deberá acreditarse ante la comunidad autónoma correspondiente, los siguientes requisitos:
a) Contar con los siguientes medios técnicos y humanos
c) Estar dados de alta en el Impuesto de Actividades Económicas, en el epígrafe correspondiente.
d) Estar incluidos en el censo de obligaciones tributarías.
e) Estar dados de alta en el correspondiente régimen de la Seguridad Social.
f) En el caso de las personas jurídicas, estar constituidas legalmente. Además deberán aportarse los carnés identificativos de las personas físicas dotadas de certificados de cualificación individual en baja tensión.
Espero que te haya sido de ayuda, si te gustaría profundizar más en este tema, haz clic AQUI y se descargará la ITC-BT-03.
Saludos!
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